Autoliquidación ICIO
Autoliquidación ICIOUbicación
Carpeta tributaria del Ayuntamiento de Pájara
Descripción ampliada
Cuando se conceda la licencia preceptiva, o se presente la declaración responsable, o cuando no habiéndose solicitado, concedido o denegado aquella o presentado éstas, se inicie cualquier construcción, instalación u obra en el término municipal, los obligados deberán presentar y pagar la autoliquidación provisional a cuenta de la liquidación definitiva del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
Destinatario
El trámite se dirige a :
- Los contribuyentes: personas físicas o jurídicas y las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición que soporten los gastos o costes de la realización de las obras.
- A los sustitutos de los contribuyentes: que serán quienes soliciten la licencia o presenten las declaraciones responsables o comunicaciones previas, o bien realicen las construcciones, instalaciones u obras.
- Los contribuyentes: personas físicas o jurídicas y las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición que soporten los gastos o costes de la realización de las obras.
- A los sustitutos de los contribuyentes: que serán quienes soliciten la licencia o presenten las declaraciones responsables o comunicaciones previas, o bien realicen las construcciones, instalaciones u obras.
Requisitos
La autoliquidación junto con el justificante de pago y la copia del presupuesto deberán tener entrada en el Registro del Ayuntamiento.
Documentación requerida
-Justificante de pago
-Si es preceptivo el visado por el colegio oficial:
Presupuesto de ejecución de la construcción, instalación u obra
- Si no es preceptivo el visado por el colegio oficial:
Presupuesto detallado por paridas , incluyendo materiales y mano de obra, según lo establecido en el artículo 4 de la Ordenanza reguladora de actuaciones comunicadas del Ayuntamiento respecto a los requisitos documentales técnico.
Además:
- Si se señala la casilla de bonificación del 50% ( viviendas de protección oficial de nueva planta):
-escrito de solicitud de bonificación con identificación de la licencia de obras o
urbanística, declaración responsable o comunicación previa
-copia de la calificación de las viviendas expedida por órgano competente
- presupuesto desglosado de la obra o parte de la obra para la que se insta la
bonificación firmado por el técnico director de las obras
- Si se señala la casilla de bonificación del 90%( condiciones de acceso y habitabilidad para las residencias habituales de personas con discapacidad):
-escrito de solicitud de bonificación con identificación de la licencia de obras o
urbanística, declaración responsable o comunicación previa
-certificado acreditativo de la discapacidad
-presupuesto desglosado de la obra o parte de la obra para la que se insta la
bonificación firmado por el técnico director de las obras
- Si se señala la bonificación del 75% en las construcciones, instalaciones u obras declaradas de especial interés u utilidad municipal:
- escrito de solicitud de bonificación con identificación de la licencia de obras o
urbanística, declaración responsable o comunicación previa
- copia de la declaración de interés o utilidad municipal acordada por el Pleno
- presupuesto desglosado de la obra o parte de la obra para la que se insta la
bonificación firmado por el técnico director de las obras
Plazos
El plazo para presentar la autoliquidación provisional a cuenta de la liquidación definitiva acompañada de la documentación requerida es de DOS MESES contados a partir de:
- fecha de la notificación de la concesión de la licencia o de la autorización de ejecución de las obras
- fecha del registro de entrada de la declaración responsable o comunicación previa
- inicio de la construcción, instalación u obra sin licencia, declaración o comunicación
La falta de presentación de la autoliquidación en plazo puede dar lugar a la imposición de sanciones tributarias
Legislación
Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
Tipo de tramitación
En línea - Requiere autenticación