Vehículos. Autoliquidar alta nueva
Autoliquidar un nuevo vehículoDescripción ampliada
Este servicio le permite autoliquidar el impuesto municipal que se aplica a los vehículos de tracción mecánica aptos para circular por las vías públicas.
Se consideran aptos para circular los vehículos que hayan sido matriculados en la Dirección General de Tráfico mientras estos no se den de baja, los vehículos con matrícula turística, y los que posean un permiso de autorización temporal de circulación.
Destinatario
Aquellas personas físicas o jurídicas y entidades a cuyo nombre conste el vehículo en el permiso de circulación y quieran darse de alta en el IVTM para realizar la matriculación del vehículo, tanto definitiva como temporal, o la rehabilitación del mismo.
Requisitos
Para realizar el alta en el IVTM debe presentar el formulario de autoliquidación y realizar el pago.
Compruebe si reúne los requisitos necesarios para acogerse a alguno de los beneficios fiscales del tributo.
Documentación requerida
Impreso de autoliquidación
CIF/NIF
certificado de sus características técnicas del vehículo ( ficha técnica)
justificante de pago del impuesto
Plazos
Deberá acreditarse el pago del impuesto con anterioridad a la matriculación del impuesto.
Legislación
Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
Tipo de tramitación
En línea - Requiere autenticación